Consideraciones generales

Se considera protección colectiva aquella técnica de seguridad que tiene como finalidad proteger simultáneamente a varios trabajadores expuestos a un riesgo.

En base a lo exigido por el artículo 15 de la Ley 31/1995, de Prevención de riesgos laborales, para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores el empresario tiene la obligación de adoptar medidas que antepongan la protección colectiva frente a la individual, de uso exclusivo para una sola persona y que se utilizará como medida complementaria o cuando los riesgos no se hayan podido evitar o limitar suficientemente por medios técnicos de protección colectiva o mediante otras medidas o procedimientos de organización del trabajo.

En el sector de la construcción, tanto en obra civil como en edificación y en cualquier fase del proceso constructivo, es muy frecuente encontrar situaciones que requieren la adopción de protecciones colectivas para eliminar o reducir los riesgos.

En particular, las caídas de personas a distinto nivel, una de las principales causas de accidentes laborales en el sector y generalmente con consecuencias graves y en muchos casos mortales, es uno de los riesgos que puede controlarse adoptando este tipo de protecciones. Los trabajos en cubiertas, el uso de andamios, la existencia de huecos y aberturas verticales u horizontales, etc., son factores de riesgo frecuentemente identificados durante el desarrollo de una obra.

Mediante las protecciones colectivas es posible proteger áreas de trabajo de forma que se garantice la seguridad de todos los trabajadores que permanecen simultáneamente en esa zona, expuestos al riesgo de caída en altura.

Los sistemas de redes de seguridad son muy utilizados en las obras, gracias a su facilidad de adaptación a diferentes situaciones, logrando en unos casos la eliminación del riesgo, impidiendo la caída, y en otros, como los sistemas tipo V o tipo T, minimizar las consecuencias de una caída en caso de producirse. Asimismo, los sistemas provisionales de protección de borde facilitan el trabajo en altura en condiciones de seguridad.

           
               Red tipo S                                                        Barandilla en tiro de escaleras

Para la protección frente a riesgos de caída de objetos o materiales a niveles inferiores, también muy presente en obras de construcción, existen otros medios de protección colectiva como las marquesinas de seguridad, instaladas en el perímetro de un forjado o de una edificación para proteger tanto a trabajadores, como a cualquier persona ajena a la obra, frente a un impacto accidental.


Marquesinas metálicas

Por último, la protección frente a pinchazos con elementos salientes presentes en la obra, como los redondos de acero de las armaduras de ferralla, o cualquier otro objeto punzante, puede resolverse mediante setas protectoras, protecciones de plástico rígido que cubren estos extremos punzantes, evitando pinchazos a los operarios.


Setas de protección en esperas de ferralla

En esta web se describen estos medios de protección colectiva, especificando para cada uno de ellos sus características y componentes, requisitos de instalación, normativa aplicable y métodos de evaluación de la conformidad.